UNA LEY INNECESARIA
La Ley de Memoria Histórica continúa en proceso de tramitación parlamentaria después de que el Partido Socialista e Izquierda Unida llegasen a un acuerdo, el pasado 19 de abril, respecto a ciertos contenidos incluidos en la futura ley. Concretamente, ambos grupos parlamentarios pactaron la incursión en el proyecto de ley del calificativo de “ilegitimidad” para los tribunales franquistas y las condenas dictadas por motivos ideológicos o políticos durante la dictadura.
Pero no es la única ocasión que, en Democracia, el Parlamento Español tramita y aprueba medidas a favor de las víctimas de la Guerra Civil y del Franquismo. La novedad en el caso de la Ley de Memoria Histórica promovida por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero está en la ausencia de un consenso mayoritario tanto político como social, además de que se trata de una Ley con objetivos globales sobre el asunto, que no se fija en aspectos concretos sino que pretende abarcar todo el espectro de la problemática. Por el contrario, la normativa legal anteriormente aprobada ha ido centrándose, Ley a Ley y Decreto a Decreto, en diferentes puntos concretos de la realidad política, económica y social relativa a las víctimas de la Guerra Civil y del Franquismo.
Así, todavía en plena Transición, en diciembre de 1975, se aprobó un decreto por el que se declaran revisadas de oficio y anuladas las sanciones administrativas acordadas de conformidad con lo que establece la Ley de 10 de febrero de 1939, de Responsabilidades Políticas. Apenas tres meses después, a través del conocido cómo “Decreto de Indulto”, de 18 de marzo de 1976, quedan revisados de oficio y anulados los efectos de la Ley de Responsabilidades Políticas de 28 de febrero de 1939. Y en el mismo sentido se puede mencionar la Ley de Amnistía de octubre de 1977.
La situación de los militares profesionales que tomaron parte en la Guerra Civil en el Ejército de la República queda regulada por un Real Decreto de marzo de 1978. Y a viudas, hijos y familiares de españoles fallecidos en la Guerra Civil se les reconocieron pensiones, asistencia médica y asistencia social por medio de la Ley 5/ 1979 de 18 de septiembre. De igual forma que ocurre con los derechos sociales de los Mutilados de la República con una ley de 1980.
En 1984, el Parlamento Español aprueba una medida de reconocimiento de los derechos y servicios prestados a quienes durante la Guerra Civil formaron parte de las Fuerzas Armadas, Fuerzas de Orden Público y Cuerpo de Carabineros de la República (sólo a partir de suboficiales).
En los Presupuestos Generales del Estado para 1990, en una de sus disposiciones adicionales, se estableció una indemnización a favor de quienes sufrieron prisión en establecimientos penitenciarios durante tres o más años, como consecuencia de los supuestos contemplados en la citada Ley de Amnistía, y tuvieran cumplida la edad de sesenta y cinco años. Incluso a partir de 1995, las Comunidades Autónomas establecieron ayudas para las personas que no pudieron acceder a estas ayudas estatales por no cumplir algún requisito, ya sea de edad o de tiempo de estancia en establecimientos penitenciarios.
En diciembre de 1998, en la primera Legislatura de José María Aznar cómo Presidente del Gobierno, salió adelante la Ley de Restitución o Compensación a los Partidos Políticos de Bienes y Derechos Incautados en aplicación de la normativa sobre responsabilidades políticas del período 1936-1939.
Y durante la propia presidencia de José Luis Rodríguez Zapatero el Parlamento Español ha aprobado una ley, en marzo de 2005, por la que se reconoce una prestación económica a los ciudadanos de origen español desplazados al extranjero, durante su minoría de edad, como consecuencia de la Guerra Civil, y que desarrollaron la mayor parte de su vida fuera del territorio nacional. Es decir, se trata de una ley referida concretamente a los llamados “Niños de la Guerra”.
La legislación española existente demuestra que la Ley de Memoria Histórica, tal y como se ha planteado, no era necesaria. En el caso de que hiciese falta alguna medida más, la experiencia anterior indica que se aprobaría sin problemas igual que ha ocurrido durante estos más de 25 años de Democracia en España.
Junio 5, 2007 a las 5:44 pm |
[...] existido en el caso de legislaciones anteriores referidas al mismo periodo histórico. Hay hasta 10 precedentes a esta Ley sobre diferentes vertientes del mismo problema. Aprobadas todas ellas bajo Gobiernos de [...]